Calumnias y falsa denuncia de Núñez y Loreiro contra el Gobierno de Misiones

En base a un dictamen de Rívolo, fiscal en lo Criminal y Correccional Federal 6 de CABA, el juez federal Lijo desestimó totalmente una denuncia contra el Gobierno de Misiones -que había sido acusado por los diputados provinciales Núñez y Loreiro de hacer una compra ilegal del bioinsumo BioHerb-, porque la presentación no se basó ni incluyó pruebas concretas y objetivas, las cuales tampoco se hallaron en la investigación judicial.

Los diputados provinciales del Pro Miguel Núñez y Horacio Loreiro acusaron de estafa al Gobierno de Misiones, y a mediados de agosto pasado realizaron una denuncia penal en el Juzgado Federal Criminal y Correccional 6, de Capital Federal, por la compra de un producto herbicida bioinsumo llamado BioHerp.

En su presentación, Núñez y Loreiro, acusaron el Gobierno misionero de haber utilizado dinero del Fondo Especial del Tabaco (FET) para realizar la compra a la empresa Agro Sustentable SA. Asimismo, los legisladores aseguraron que el bioinsumo no demostró tener efectos herbicidas.

Sin embargo, después de un mes y medio el juez federal Ariel Lijo se sustentó en el dictamen del fiscal Alberto Rívolo, para desestimar totalmente esa denuncia porque cuando fue realizada los legisladores no presentaron pruebas, las cuales tampoco fueron halladas en la investigación judicial.

Al acusar al gobierno de haber cometido una estafa y realizar una denuncia penal sin ninguna prueba, Núñez y Loreiro habrían incurrido en una calumnia y en falsa denuncia.

En ese sentido, el juez Lijo advirtió que “la puesta en marcha de una investigación penal en un Estado de Derecho, demanda la existencia de una sospecha suficiente, indicativa de la comisión de un delito determinado y la ausencia de ello sugiere lo que la doctrina denomina “excursión de pesca”, con la consecuente asignación de recursos que demandaría la realización de una búsqueda sin pruebas ni hechos concretos para investigar”.

Ante la solicitud de una inspección por parte de Núñez y Loreiro, el magistrado concluyó que  “una denuncia igualmente genérica dio inicio al legajo EX2024-72568723-APN-DGTYA#SENASA -cuyo objeto se fijó en la presunta comercialización de un producto fitosanitario en condiciones irregulares-, aunque los resultados de las medidas de prueba allí desplegadas tampoco aportaron a la presente elementos que permitan concretizar las hipótesis denunciadas y/o brindarles sustento.

También el juez Lijo señaló que los diputados “sostuvieron que aquel producto habría sido adquirido con fondos del FET, es decir, con fondos recaudados por el Estado nacional, lo que indicaría una compra efectuada desde el Ejecutivo local (Gobierno de Misiones), aunque aquella información surgiría de los dichos de una funcionaria del Ministerio del Agro y la Producción, de la que no se proporcionó dato alguno, es decir, la fuente de esa afirmación tampoco se conoce, imposibilitándose la obtención de mayores elementos que brinden sustento a lo denunciado”,

Finalmente, y tras considerar de inconsistente la denuncia de los diputados Núñez y Loreiro, producto de la falta de pruebas, el magistrado resolvió “archivar la presente causa N°3235/24 por no poder proceder, en los términos del Artículo 180 -in fine- del Código Procesal Penal de la Nación”.

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