FUE PARA FORZAR UN INCREMENTO SALARIAL: “La posesión de elementos reglamentarios de uso policial, como ser armas reglamentarias las que portaban incluso en las protestas, así como chalecos anti balas, uniformes y demás elementos de seguridad que sirvieran de modo intimidatorios e interés de la protesta”, configura el delito de sedición.
LAS ACUSACIONES DEL FISCAL CASALS Y EL JUEZ BALOR CONTRA LOS POLICÍAS IMPUTADOS CONFIGURAN DELITOS DE SEDICIÓN, HURTO, DESOBEDIENCIA JUDICIAL, ENTRE OTROS
“La posesión de elementos reglamentarios de uso policial como ser armas reglamentarias las que portaban incluso en las protestas, así como chalecos anti balas, uniformes y demás elementos de seguridad que sirvieran de modo intimidatorios e interés de la protesta”.
Ésa fue la más grave de las imputaciones que el juez de instrucción Ricardo Balor, por requerimiento del fiscal René Casals, les realizó a los 15 policías en actividad y retirados que fueron citados a prestar declaración indagatoria, en la causa en que se investiga las violentas manifestaciones de un grupo de policías en reclamo de mejoras salariales, en mayo pasado en Posadas.
Dicha acusación configura lisa y llanamente la consumación del delito de sedición, previsto en los artículos 226 al 236 del Código Penal Argentino. El grupo de policías retirados y en actividad, cortaron la avenida Uruguay, en su intersección con la calle Félix Bogado, con patrulleros que habían sido sustraídos de diferentes comisarías, y cuando se sumaron los docentes a esa protesta, también se interrumpió el tránsito de la avenida Trinchera de San José. Los policías acamparon sobre la Uruguay, donde permanecieron desde la madrugada del 17 de mayo y hasta el 29 del mismo mes, tiempo en que no pudo operar la sede principal del Comando Radioeléctrico de la Policía de Misiones, que se encuentra en ese lugar y que fue totalmente bloqueado, y también los manifestantes inutilizaron numerosos patrulleros, entre otras pertenencias policiales de uso público.
Al inicio del corte de la Uruguay, el juez Balor (foto) y el fiscal Casals trataron de persuadir a Palavecino y a Amarilla (de espalda) que pongan fin a esa protesta violenta, pero no fueron escuchados.
“FUE PARA FORZAR UN INCREMENTO SALARIAL”
Para el juez Balor quedó claro que dichas acciones fueron para ejercer “en conjunto una conducta proactiva dirigida a arrancar u obtener una medida o concesión del Estado Provincial, la Jefatura de Policía y del Ministerio de Gobierno”.
Además, el magistrado los acusa de haber incitado y estimulado “a otros camaradas de dicha institución, por distintos medios, entre ellos grupos de mensajería de whatsapp, redes sociales y medios de comunicación a sus pares para que dejen de prestar los servicios, y se sumen a la protesta para parar a la Policía, desobedeciendo todas las intimidaciones judiciales efectuadas, con el claro objeto de ejercer presión sobre las autoridades del Gobierno de la Provincia de Misiones, la jefatura policial y el ministerio de gobierno, para forzarlos a conceder un incremento en la escala salarial”.
Todas las imputaciones contra los uniformados se realizaron en base a las numerosas pruebas recogidas por Casals y el juez y que se encuentran en el expediente.
USURPACIÓN DE OFICINAS PÚBLICAS Y MÓVILES POLICIALES
El juez también los acusó de cometer “actos como ser usurpación de oficinas públicas o entorpecimiento de las mismas, impidiendo o bloqueando el libre acceso a las dependencias policiales e imposibilitando el uso de los móviles policiales los cuales habrían sido sustraídos para ponerlos a disposición de los manifestantes, y haciendo caso omiso, encubriendo dicha circunstancia que permitiría que los mismos en interés de quienes protestaran, hicieron uso inapropiado de los mismos y fueron utilizados en interés propio y de quienes protestaron, como una forma de intimidación pública frente a la casa de Gobierno, Unidad Regional I y marchas por la ciudad, destacándose el uso y retención de esos móviles, los cuales el suscripto (el juez) ordenara fueran restituidos a sus dependencias, sino además ustedes retuvieron para provecho propio”.
INCUMPLIMIENTO DEL RÉGIMEN DISCIPLINARIO y DELITOS
Para el juez Balor no queda ninguna duda que los policías imputados cometieron “actos inapropiados y en incumplimiento del reglamento disciplinario policial artículo 83 del Decreto 751 RRDP (Reglamento del Régimen Disciplinario Policial), conforme sus obligaciones y funciones, no prestando servicio adecuadamente y no realizando tareas de patrullaje o prevención policial, exigiendo coactivamente un aumento salarial de sus haberes por vías de hecho, así como retrotraer traslados y sanciones disciplinarias que ya se habían impuesto, de los que pretendían ser exculpados a lo que ustedes denominaron una amnistía general para los que participaran en los actos coactivos, demostrando de ese modo que conocían cabalmente que los mismos eran delitos, ya que transgredían reglamentos internos, conforme a las funciones propias de policía”.
LOS 15 IMPUTADOS
Hasta el momento son 15 los efectivos en actividad y retirados que fueron imputados por el juez de Instrucción 6 de Posadas, Ricardo Balor, los que deberán prestar declaración indagatoria, en la causa judicial correspondiente.
Ellos son Martín Anselmo Cabañas, Joaquín Alejandro Orrego, Alexander Francisco Melgarejo, Diego Hernán Correa, Ivan Ezequiel Arrieta, Elías Horacio Ezequiel Coutto, Ramón Oscar Amarilla, Germán Carkos Palavecino, Ramón Alejandro Arrieta, Lisandro Ramón Cantero, Rubén Darío Boneti, Lucas Emanuel González, Adolfo Basilio Guirula, Enrique Orlando Castellano, Jorge Agustín González, “todos identificados hasta el momento de haber participado de los hechos que se desarrollaron desde la madrugada del 17 hasta el 29 de mayo de 2024, en la avenida Uruguay y calle Félix Bogado de esta ciudad”.
El 26 de junio se presentaron a declarar Cabañas y Orrego, pero ambos se abstuvieron, y nombraron como abogado defensor al ex juez penal Ramón Grinhauz.